domingo, 19 de julio de 2009

ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO

Oficina del Contralor de Puerto Rico/Folleto de Organizaciones sin Fines de Lucro

En los últimos años se ha visto un crecimiento en la intervención de la sociedad civil en asuntos tradicionalmente atendidos por el Estado o el Gobierno. Por lo general, esta labor se realiza mediante la organización de entidades sin fines de lucro. Este sector empresarial se le ha denominado, el tercer sector. Este sector lo componen microempresas de autogestión económica, y organizaciones de iniciativa comunitaria y no gubernamentales, así como agrupaciones culturales, religiosas, recreativas, educativas y cooperativas, entre otras.

Conforme a la obligación constitucional, la Oficina del Contralor tiene la responsabilidad de
fiscalizar el uso de los recursos del gobierno administrados por estas organizaciones. Además,como parte de nuestra misión promovemos el uso efectivo y eficiente de los recursos del gobierno, a través de la capacitación de los funcionarios y empleados que tienen la responsabilidad de administrar los mismos.

FUNDACION COMUNITARIA DE PUERTO RICO

FUNDACION COMUNITARIA DE PUERTO RICO

La Fundación Comunitaria de Puerto Rico nació en abril de 1985 como respuesta a la idea de establecer una organización de este tipo, sugerido un tiempo antes en un foro auspiciado por la Coalición Nacional Puertorriqueña; esta idea obtuvo el endoso de la Fundación Ford. Ésta última comisionó un estudio que comprobó la viabilidad y pertinencia de una fundación de la comunidad en Puerto Rico; además pudo palpar el apoyo latente que había para la misma.

El área de Desarrollo Comunitario es la que nos permite cumplir a cabalidad con nuestra misión; es la razón para la inversión social de la Fundación y para la cual promovemos la inversión social de nuestros donantes. Tenemos dos áreas programáticas que apoyan el desarrollo comunitario: desarrollo económico comunitario y desarrollo de vivienda de interés social.

FUNDACION COMUNITARIA

PROGRAMA P.E.C.E.S.

Programa de Educación Comunal de Entrega y Servicio, Inc. (PECES)

El Programa de Educación Comunal de Entrega y Servicio, (P.E.C.E.S.,Inc.) es una organización de base comunitaria sin fines de lucro incorporada en el Departamento de Estado de Puerto Rico. Cuenta con la aprobación de la exención federal 501-C-3. La misión de P.E.C.E.S., Inc. es fomentar el desarrollo social, económico y educativo en Punta Santiago, comunidad costera de Humacao que cuenta con alrededor de 5,803 residentes y las comunidades adyacentes. Esta comunidad queda alrededor de once millas de distancia del pueblo de Humacao.

P.E.C.E.S.

COOPERATIVAS DE PUERTO RICO

¿Qué es Cooperativismo?
El Cooperativismo es una doctrina socio-económica que promueve la organización de las personas para satisfacer, de manera conjunta sus necesidades.

La participación del ser humano común, asumiendo un rol protagonista en los procesos socio-económico en la sociedad en que vive, es la principal fortaleza de la doctrina cooperativista.

El cooperativismo se rige por valores y principios basados en el desarrollo integral del ser humano.

Los principios cooperativos son normas o guías mediante las cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores.

• Primer Principio: Adhesión abierta y voluntaria
Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser socio/a, sin discriminación social, política, religiosa, racial o de sexo.

• Segundo Principio: Control Democrático por parte de los Socios/as
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios/as, los cuales participan activamente en la definición de sus políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres seleccionados para representar y administrar las cooperativas son responsables ante los socios/as. En las cooperativas de primer grado, los socios/as tienen iguales derecho de voto (un socio/un voto), y las cooperativas de otros grados se organizan también mediante procedimientos democráticos.

• Tercer Principio: Participación Economía de los Socios/as
Los socios/as contribuyen equitativamente al capital de sus cooperativas y administran dicho capital en forma democrática. Por lo menos una parte de dicho capital es propiedad común de la cooperativa. Normalmente los socios/as reciben una retribución limitada, si es que la hay, sobre el capital aportado. Los socios/as asignan los excelentes para todos o alguno de los siguientes fines: el beneficio de los socios/as en proporción a sus operaciones con la cooperativa; el apoyo de otras actividades aprobadas por los socios/as, y el desarrollo de su cooperativa, mediante la posible creación de reservas, las cuales podrían ser, en todo o en parte, indivisibles.

• Cuarto Principio: Autonomía e Independencia
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus socios/as. Si entran en acuerdos con otras organizaciones, incluidos los gobiernos, o si obtienen capital de fuentes externas, lo hacen en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan la autonomía de la cooperativa.

• Quinto Principio: Educación, Capacitación e Información
Las cooperativas brindan educación y capacitación a sus socios/as, a sus dirigentes electos, sus gerentes y empleados/as para que pueden contribuir eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Informan al público en general, especialmente a los jóvenes, a los líderes de la comunidad y los medios de opinión, en torno a la naturaleza y los beneficios del cooperativismo.

• Sexto Principio: Cooperación entre Cooperativas
Las cooperativas sirven a sus socios/as en forma más eficaz y fortalecen el movimiento cooperativo al trabajar de forma integrada mediante estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.

• Séptimo Principio: Responsabilidad Social
Las cooperativas trabajan para lograr el desarrollo sostenible de sus comunidades mediante políticas aprobadas por sus socios/as.

http://www.liga.coop/index